viernes, 12 de noviembre de 2010

La Gestión de los Incentivos Públicos.

La Administración Pública en materia de políticas de fomento utiliza una serie de instrumentos para promover un determinado estilo de producción, para proteger algunas actividades o para satisfacer unas necesidades públicas. Estos instrumentos van dirigidos a empresas, entidades no lucrativas y ciudadanos en general.
El especialista en la materia (politólogo administrativista) debe estar al tanto de la legislación actual, del proceso del sistema de incentivos y de las previsiones sobre su modificación. Atendiendo a los sujetos emisores comprobamos las diferencias por ejemplo entre Comunidades Autónomas en materia de incentivos. De este modo, se puede realizar un estudio comparado por ejemplo, para asesorar a una empresa sobre la localización de su actividad o para la compra de una vivienda por un particular.
Atendiendo al momento en que se haya el proceso de generación del incentivo se pueden realizar anticipaciones que pueden revertir en la decisión del consultante como por ejemplo, iniciar una actividad mediante el autoempleo o matricularse en un master universitario.
De este modo el cliente viene con una idea predefinida de lo que desea o pide orientación al especialista. Muchas veces esa idea tiene que ser defendida ante el Consejo de Administración de una empresa o la Junta Directiva de una asociación, lo que requiere de una ilusionante y correcta presentación.
Una vez detectada la necesidad y habiendo decidido que se continua con la ideas se procede a elaborar el proyecto, indicar la petición correcta o preparar la propuesta, de modo que sea susceptible de tener el visto bueno del organismo y pueda ser presentado en tiempo y forma.
Los incentivos más importantes podemos agruparlos del siguiente modo:

a) Subvenciones Oficiales. Estas pueden ser de dos tipos: De capital, si están destinadas a la adquisición de un activo inmovilizado (por ejemplo, una máquina, un local, etc) o bien de explotación, si lo que se incentiva es el inicio o mantenimiento de actividades. También son de explotación aquellas otras que fomentan el abandono de la producción, por ejemplo agrícola o ganadera, y permitan mantener un determinado nivel de renta al empresario. Las subvenciones de explotación normalmente si se cumplen los requisitos de la convocatoria no tienen que reintegrarse. Los proyectos para las subvenciones de las asociaciones serán tratadas en el apartado de gestión de entidades no lucrativas, que se verá más adelante.

b) Ayudas y Becas. Un ejemplo de este tipo de ayudas son las del autoempleo, las que compensan ciertas situaciones o desastres naturales o las que favorecen la asistencia a personas dependientes. Para facilitar a sufragar los estudios la Administración convoca anualmente becas, realiza el préstamo de libros o concede plazas gratuitas en colegios e institutos. Las becas más trascendentales por su cuantía son las universitarias.

c) Exenciones, Reducciones, Minoraciones, libre Amortizaciones, Deducciones, Bonificaciones y Modificación del tipo de Gravamen, sean tributarias o de seguridad social. Este tipo de incentivos de naturaleza fiscal son relevantes a la hora de invertir en determinados bienes, contratar personas, hacer determinados mecenazgos, planificar las finanzas o localizar la empresa. Estos incentivos se obtienen cumpliendo con unos procedimientos administrativos, contables fiscales o sociales bien determinados. Por ejemplo, mediante la autoliquidación y pago o aplazamiento de tributos y cuotas de seguridad. La realización de este tipo de tramitaciones está amparada en la posibilidad de actuar como representante voluntario, conforme a lo determinado por el Art. 32.3 de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre del Procedimiento Administrativo Común y el Art. 46 de la Ley 58/2003, General Tributaria.

d) Subsidios y pensiones anticipadas. Son una muestra de esta tipología los vinculados a situaciones de desempleo y jubilaciones anticipas